Desde que el pasado 1 de Junio aquellas viviendas que se vendan o alquilan en los supuestos que contempla el Real Decreto 235/2013 se deben calificar energéticamente mediante un certificado emitido por un técnico competente: Arquitecto Técnico, Arquitecto, Ingeniero… y una vez está el certificado es obligación del propietario del inmueble registrar este certificado para obtener la etiqueta energética del inmueble.
Pero una vez obtenida esta etiqueta eso de la eficiencia, de momento termina ahí ¿o no? ¿o se puede mejorar?…
Con el registro de estas certificaciones se obtienen una gran cantidad de datos de cómo está el parque inmobiliario que existe en España no solo a efectos cualitativos también a efectos de previsión de que fuente de energía predomina: gas, electricidad… ya sólo este último dato es muy importante para las energéticas a la hora de planear así su estrategia.
De momento no se han establecido ayudas que motiven y fomenten la mejora de la eficiencia energética de ese inmueble ni medidas que premien o graven en función de una calificación u otra…
Ni se han establecido medidas de financiación para acometer esas mejoras como ocurre desde hace años en otros países como Reino Unido con el GREEN DEAL, Alemania a través de KfW o Estados Unidos con programas como PACE, EEM…
Está claro que lo que no se mide no se puede mejorar, pero de momento en España nos hemos quedado en aquello de… ¿y ahora qué?
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Puedes ampliar esta información en la entrada – Financiación de mejoras de la eficiencia energética que he escrito para el blog de certificados energéticos.